Presentación realizada ante la AFIP y CNV – RG3538

Presentación realizada ante la AFIP y CNV – RG3538

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Texto de Presentación

De nuestra mayor consideración:

En atención a las nuevas disposiciones dictadas en materia de obligaciones de información y registración para los fideicomisos, esta Asociación con el más amplio espíritu de colaboración para contribuir a la mejor aplicación, se permite hacer llegar su opinión institucional en la materia.

Con fecha 15 de noviembre la AFIP modificó la RG 3312, mediante la RG 3538.

Esta modificación agregó a la normativa existente dos exigencias más: en el sistema de registración de operaciones, ahora se debe presentar copia de la documentación respaldatoria (de cada adhesión, cesión, adjudicación, etc.) escaneada en PDF y, en el régimen de información anual, se debe presentar el contrato de constitución inicial y las modificaciones por todas las operaciones desde el 1/1/13, también escaneado en PDF.

Esta nueva obligación constituye una nueva carga burocrática, que se suma a aquellas de carácter administrativo que ya tiene el fiduciario, frente a los organismos de control; ello sin perjuicio del deber del fiduciario de tener que actuar como responsable sustituto, en el impuesto a los bienes personales, como así también del deber que posee el mismo de realizar tareas de extremada responsabilidad en los términos de la Res. 140 de la UIF.

Toda esta carga de trabajo, tomada en su conjunto,  no solamente no aporta mayores datos trascendentes al organismo recaudador, que ya dispone de todos los contratos, pues cada fideicomiso tiene que obtener su CUIT, sino que implica una sobrecarga obligacional, que se traduce en un significativo costo extra. Este mayor costo, finalmente, se trasladará a los diferentes proyectos (muchos de ellos impulsores de economías regionales, como son los fideicomisos inmobiliarios, rurales, agrícolas, de desarrollo suburbano, etc), castigando un genuino y seguro sistema de inversión cooperativa, afectando significativamente el desarrollo de pequeños y medianos proyectos de inversión.

Dicho incremento administrativo corre el riesgo de convertirse en una barrera para la entrada a negocios productivos, alentando en consecuencia la huida de capitales hacia inversiones en esquemas y/o sistemas menos seguros y de más riesgo para los inversores, lo cual no contribuye a la economía real, como efectivamente lo hace esta figura, aceptada masivamente, como un vehículo de inversión y ahorro en el mercado contemporáneo.

Con la presente, esta Asociación tiene la íntima convicción de haber aportado una idea más precisa, que tenga como consecuencia un mejor y más justo desarrollo del ambiente de negocios a través del uso del contrato de fideicomiso.

Sin otro particular y quedando a disposición, saludamos muy atentamente.
                                
AAFyFID


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